Los derechos y deberes laborales en Colombia han tomado en cuenta en la Constitución política de 1991 como una forma o mecanismo de tener y brindar posibilidades de trabajo a todo aquel que este en capacidad de Ejercerlo.
Así como en la constitución política de nuestro país están establecidos unos derechos también tenemos unos derechos en nuestras empresas como trabajadores y responsabilidades relacionadas con nuestra seguridad y protección laboral.
DERECHOS BÁSICOS DE LOS TRABAJADORES:
·
Derecho al trabajo y a la libre elección de la profesión u oficio.
·
Derecho de libre sindicación.
·
Derecho a la negociación colectiva.
·
Derecho a la adopción de medidas de conflicto colectivo.
·
Derecho a la huelga.
·
Derecho de reunión.
·
Derecho de información, consulta y participación en la empresa.
QUE DERECHOS TIENE EL
TRABAJADOR EN LA RELACION LABORAL:
Ø
Derecho a la ocupación efectiva
Ø
Derecho a la promoción y formación profesional en el trabajo , incluida la
dirigida a su adaptación a las modificaciones operadas en el puesto de trabajo
, así como al desarrollo de planes y acciones formativas tendentes a favorecer
su mayor empleabilidad.
Ø
Derecho a no ser discriminados directa
o indirectamente para el empleo, o una vez empleados, por razones de sexo,
estado civil, edad, origen racial o étnico, condición social, religión, convicciones,
ideas políticas, orientación sexual, afiliación o no al sindicato, así como condición de lengua.
Tampoco podrán ser discriminados por razón de discapacidad, siempre que sean aptos
para desempeñar el trabajo o empleo de que se trate.
Ø
Derecho a la integridad física y una adecuada política de seguridad e
higiene.
Ø
Derecho al respecto de su intimidad y a la consideración debida a su dignidad
incluida la protección frente al acoso por razones de origen racial o étnico, religión
o convicciones, discapacidad , edad u orientación sexual, y frente al acoso
sexual y al acoso por razón de sexo.
Ø
Derecho a la percepción de la remuneración pactada o legalmente
establecida.
Ø
Derecho al ejercicio individual de la acciones derivadas de su contrato de
trabajo
Ø
Cualquier otro derecho que se derive específicamente del contrato de
trabajo.
DEBERES DE LOS
TRABAJADORES.
§
Cumplir con las obligaciones concretas de su puesto de trabajo, de
conformidad a las reglas de la buena fe y diligencia.
§
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
§
Cumplir las órdenes e instrucciones del empresario en el ejercicio regular
de sus facultades directivas.
§
No concurrir con la actividad de la empresa, en los términos fijados en el
estatuto de los trabajadores.
§
Contribuir a la mejora de la productividad.
§
Cualquier otro que se derive del contrato de trabajo.
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