En el siguiente artículo se observa que La sentencia de la Corte Constitucional permitirá que los empleadores terminen los contratos laborales por justa causa al empleado que tenga una enfermedad contagiosa o crónica, que no sea de carácter profesional, y cuya curación no haya sido posible durante 180 días. Esto es una real defensa a los derechos de los trabajadores que tengan enfermedades cuyo origen no tiene conexión con el trabajo ni las condiciones laborales.
Emilse Motato
Andrés Pérez
Reinaldo Suaza
Adriana A Salgado
Yina P Caicedo
lunes, 3 de abril de 2017
COMO SE APLICA LA JUSTA CAUSA PARA TERMINACIÓN DE CONTRATO CONSISTENTE EN ENFERMEDADES CONTAGIOSAS O CRÓNICAS
En el siguiente artículo se observa que La sentencia de la Corte Constitucional permitirá que los empleadores terminen los contratos laborales por justa causa al empleado que tenga una enfermedad contagiosa o crónica, que no sea de carácter profesional, y cuya curación no haya sido posible durante 180 días. Esto es una real defensa a los derechos de los trabajadores que tengan enfermedades cuyo origen no tiene conexión con el trabajo ni las condiciones laborales.
INCAPACIDADES
INCAPACIDAD LABORAL
La incapacidad que afronta un trabajador para laborar como consecuencia de una enfermedad o un accidente de trabajo.
La incapacidad laboral puede presentarse de forma temporal o permanente, y puede ser parcial o total. Una incapacidad permanente conduce necesariamente a la pensión del trabajador.
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