Los pacientes con enfermedades como el cáncer debemos tener en cuenta no puede ser causal de
despido, de acuerdo a la corte constitucional el derecho a la "Estabilidad Laboral
Reforzada" al encontrarse en una situación de debilidad.
(Decreto 1222 de 1994 y Sentencia
T-662 de 2006/ Corte Constitucional).
Igualmente la corte constitucional de
acuerdo para esta sentencia muestra los requisitos donde muestra el tratamiento
relacionado a un paciente de acuerdo al médico tratante y la obligación de la
EPS en continuarlo en pro de proteger a
los pacientes con cáncer en cuanto a
mostrar sus derechos laborales y sus protecciones laborales en su lugar de
trabajo, también se trabaja sobre las incapacidades para cuyos pacientes y
sobre su situación económica.
Las diferentes incapacidades
laborales y el proceso que se debe realizar de acuerdo a las prórrogas y
decretos que cubren a dichos pacientes en el ámbito laboral como enfermedad
crónica a manejar, y el tiempo estipulado de acuerdo de 180 días hábiles.